¿Qué dice la ley sobre el reciclaje de RAEE?
En España hay cada vez más una mentalidad social de reciclar, pero aun así, debemos seguir promoviendo este tipo de iniciativas para que los niveles de reciclaje sean los más óptimos.
En el caso de los RAEE –Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos- los resultados hablan de cifras con un gran margen de mejora. Esta situación viene motivada, principalmente, por el desconocimiento que existe en torno a la ley que regula el reciclaje de este tipo de residuos, por eso, uno de los primeros pasos que debemos dar si queremos reciclar correctamente aparatos eléctricos y electrónicos es conocer qué dice la legislación.
En nuestro país, la gestión del RAEE viene marcada por el Real Decreto 110/2015, de 20 de febrero de 2015 sobre residuos de aparatos eléctricos y electrónicos, una norma ampliada y renovada que ha dado como resultado un modelo de gestión de los RAEE más eficiente que el que existía hasta entonces. Este Real Decreto va más allá de la normativa comunitaria contemplada en la Directiva 2012/19/UE e incorpora además lo establecido en la Ley 22/2011 de residuos y suelos contaminados.
Responsabilidades del productor
Aunque el reciclaje es cosa de TODOS, el Real Decreto110/2015 establece que el responsable fundamental de financiar la gestión de los residuos es el productor del aparato, lo que se denomina la responsabilidad ampliada del productor.
Así, al implicar al fabricante en la financiación de la gestión de los residuos se espera que se incentiven mejores diseños de los AEE que faciliten su desmontaje, reparación o reciclado o aumento de su vida útil. Además, junto con la incorporación de un menor contenido en sustancias peligrosas, se conseguirá abaratar y mejorar la gestión de los residuos, siendo esta función el pilar de la aplicación de la responsabilidad ampliada del productor.
Los productores de AEE están obligados a:
- inscribirse en el Registro Integrado Industrial de carácter estatal donde deben declarar su condición de productor de AAE a la Comunidad Autónoma donde tenga su sede social y memoria anual de actividad.
- marcar o etiquetar los aparatos que comercializan.
- adherirse a un sistema colectivo de responsabilidad ampliada del productor –SCRAP- o establecer un sistema individual de responsabilidad ampliada del productor, todo ello mediante respectivo convenio y autorización por parte de la Comunidad Autónoma.
- financiar los costes de la recogida y gestión de los aparatos que ponen en el mercado.
- Respetar los principios de protección de la salud humana, de los consumidores, del medio ambiente y de la defensa de la competencia.
- Diseñar y fabricar productos de forma que se alargue su vida útil, facilitando la reutilización, el desmontaje y la reparación.